1 de mayo de 2025
¿CUÁLES SON LOS GASTOS EN LA COMPRA DE UNA VIVIENDA?
Cuando se adquiere una vivienda deben considerarse los gastos asociados a una operación de esa índole. A continuación se detallan los gastos principales.
1. Impuestos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Se devenga cuando es obra nueva y es la primera transmisión. Se tributa al 10% con carácter general y al 4% cuando se trata de viviendas de protección oficial.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Se devenga cuando se trata de una segunda o ulterior transmisión. Varía en función de la Comunidad Autónoma.
En Catalunya se aplica una tarifa progresiva según el valor del inmueble: un 10% hasta los primeros 600.000 euros, un 11% sobre el exceso hasta los 300.000 euros siguientes, un 12% sobre el exceso hasta los 600.000 euros siguientes y un 13% sobre el exceso restante.
El tipo se reduce al 7% tratándose de viviendas de protección oficial y al 5% cuando el comprador cumple una serie de requisitos.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
Se distinguen dos cuotas, una fija y otra variable.
La cuota fija que hace referencia al papel timbrado en el que deben extenderse los documentos notariales y se cifra en 0,30 euros por pliego y 0,15 euros por folio.
La cuota variable dependerá de la Comunidad Autónoma. En Catalunya es del 1,5% sobre el valor de la vivienda.
En las compraventa de obra nueva se debe pagar las cuotas fija y variable y en la compraventas de segunda mano sólo la cuota fija.
- Plusvalía municipal (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana).
Según la normativa debe pagarla la parte vendedora, si bien se puede acordar lo contrario.
2. Gastos de Notaría:
La compraventa debe formalizarse mediante escritura pública ante el notario. Los aranceles notariales están regulados normativamente y varían en función del precio del inmueble. Suelen oscilar entre el 0,2% y el 0,5% del precio de compraventa.
3. Gastos de Registro de la Propiedad:
Una vez realizada la escritura ésta debe inscribirse en el Registro de la Propiedad cuya función principal es garantizar la seguridad jurídica y otorgar mayor protección al propietario.
Las tarifas arancelarias también está reguladas por ley y varían en función del precio del inmueble. Suponen entre el 0,10% y el 0,25% del precio de compraventa.
4. Gastos hipotecarios (si hay financiación):
- Tasación del inmueble.
Se encargará a una empresa homologada por el Banco de España y su coste suele oscilar entre 300 y 500 euros.
- Comisión de apertura de hipoteca.
Es un cargo que los bancos aplican al inicio para cubrir gastos administrativos, de estudio y gestión. Suele oscilar entre el 0,5% y el 1% del valor del préstamo.
- Seguro de hogar y/o de vida.
Por ley solo es obligatorio contratar un seguro de hogar con cobertura de daños ante incendios, inundaciones o desastres naturales. No obstante los bancos recomiendan hacer otros seguros como el de vida.
